EL MUNDO: La Audiencia Nacional archiva la causa sobre el genocidio de China en el Tíbet

TRIBUNALES Limitación de la justicia universal

  • 9 votos contra 7 permiten al PP cumplir la principal meta del recorte en la justicia universal

  • Los magistrados argumentan que los querellados no son españoles ni residen aquí

  • También ordena archivar la causa por asesinatos a miembros de Falung Gong

  • Aprueban continuar con la investigación de la muerte de Baby Hamday en El Aaiún

El tibetano nacionalizado español Thubten Wangchen Sherpa,...

El tibetano nacionalizado español Thubten Wangchen Sherpa, denunciante del genocidio en el Tíbet. EL MUNDO

"China tiene un 20% de la deuda pública española y bastaría un click en un ratón en China para que nos encontrásemos con una prima de riesgo como la que teníamos hace dos años". El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel García-Margallo, hizo explícito con ese entrecomillado, expresado durante su participación en El debate de La 1 del pasado 10 de abril, la motivación que ha llevado al partido que sostiene al Gobierno a recortar la aplicación en España del principio de jurisdicción universal. Hoy se cumplió, pues, el principal objetivo: por un estrecho margen de nueve votos a siete, el Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional acordó el cierre de la causa en la que se investigaba el genocidio chino que ha provocado un millón de muertos en el Tíbet, en la que estaban imputados los ex presidentes Hu Jintao y Jiang Zeming. Contra este último, y contra otros cuatro ex altos cargos, pesaba además una orden internacional de detención. Desde ya, es papel mojado.

Junto a ese procedimiento, el más conflictivo desde el punto de vista de las relaciones internacionales, el Pleno ordenó el sobreseimiento de la causa por el genocidio, torturas y asesinatos en China a los miembros del movimiento religioso Falun Gong. De las 13 investigaciones abiertas en la Audiencia Nacional al amparo de la Justicia universal, dos han muerto: las dos que afectaban al régimen comunista de Pekín.

Los nueve magistrados que han apoyado el archivo de las querellas consideran que la reforma legal, aprobada con los únicos votos del PP sin debate y sin recabar informes consultivos a través de un procedimiento exprés, impide a los tribunales españoles atribuirse jurisdicción para investigar los delitos que se imputaban a los dirigentes chinos -genocidio, torturas y lesa humanidad- cuando se hayan cometido fuera de nuestro país, con las únicas excepciones de que la causa se dirija contra un español, o contra extranjero que resida habitualmente en España o contra un extranjero que esté en España y cuya extradición haya sido denegada. Ninguna de esas indicaciones se cumple.

Previsiblemente, los discrepantes habrán acogido los argumentos de la acción popular que ejercía el Comité de Ayuda al Tíbet, que ha confirmado a este diario que recurrirá la resolución al Tribunal Supremo. Alega que el Pleno no debía entrar al fondo del asunto, ya que la ley impide el cierre de una causa mientras queden por practicar diligencias dirigidas al esclarecimiento del delito, en la línea de los razonamientos del juez Pedraz en el caso Couso.

Fundamentalmente, sostenía que los tratados internacionales obligan a España a seguir investigando y que los hechos podrían ser calificados como crímenes de guerra -el Pleno ya resolvió por unanimidad que la Convención de Ginebra, en esos casos, sí que impide el cierre del procedimiento- y como terrorismo -la reforma legal deja vivas esas causas si hay víctimas españolas, y el denunciante, Thubten Wangchen Sherpa, adquirió esa nacionalidad-.

La Fiscalía había planteado además la posible inconstitucionalidad de la reforma, al entender que puede vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva y representar una intromisión en la independencia judicial.

También, el Pleno asumió los argumentos del fiscal para continuar investigando el asesinato del ciudadano saharaui con pasaporte español Baby Hamday durante el asalto de las fuerzas marroquíes al Campamento de la Dignidad en el Sáhara, al entender que España sigue siendo la potencia administradora de iure.

 

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